Medidas de no innovar, ¿en beneficio de los niños/as o de los organismos administrativos y judiciales de protección de derechos?
La ley prevé un plazo máximo de 180 días para las medidas excepcionales, tendientes a que el niño o niña permanezca con su familia de origen o ampliada. Vencido el plazo máximo de 180 días que prevé el artículo 607 inc. c) del Código Civil y Comercial y porque aún no se encuentran dadas las […]