Corte IDH nuevamente condena al Estado

La Corte Interamericana de Derechos Humanos resuelve sobre la Condenas a prisión perpetua de personas menores de edad

En junio de 2002,la Comisión Interamericana de Derechos Humanos presentó una denuncia contra el Estado argentino por las sentencias a cadena perpetua por delitos cometidos por adolescentes cuando eran menores de edad. La denuncia fue admitida en marzo de 2008, y en diciembre de 2010 la Comisión emitió un informe donde manifestaba que el Estado argentino violó derechos en perjuicio de los niños, que habían sido consagrados en la Convención Americana y la Convención de los Derechos del Niño.

En la actualidad, Argentina es el único país en América Latina que ha sentenciado a personas menores de 18 años de edad a la pena de prisión y reclusión perpetua.  Por ese motivo, y ante el incumplimiento de las recomendaciones emitidas porla Comisión, el caso fue remitido, con fecha 17 de junio de 2011, a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

En este contexto, luego de las audiencias llevadas a cabo,la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el día de ayer ha resuelto la cuestión dirimida sentenciando el incumplimiento del Estado Nacional que de esta manera incurre en una nueva responsabilidad internacional. El Tribunal consideró que dichas penas, por su propia naturaleza, no cumplen con la finalidad de la reintegración social de los niños, ya que implican la máxima exclusión del niño de la sociedad, de tal manera que operan en un sentido meramente retributivo, pues las expectativas de resocialización se anulan a su grado mayor. Además, por su desproporcionalidad, la imposición de dichas penas constituyó un trato cruel e inhumano para los jóvenes mencionados, y además violó el derecho a la integridad personal de sus familiares.

Por último, la Corte consideró que su Sentencia constituye per se una forma de reparación, y además ordenó al Estado, como medidas de reparación, entre otras: ajustar su marco legal a los estándares internacionales en materia de justicia penal juvenil.

Queda claramente expuesta la necesidad de sancionar un Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil acorde a las normas internacionales en materia de infancia y derecho penal, más aún si se tiene en cuenta que en la actualidad consta con la mayoría legislativa necesaria para reformar el vigente decreto-ley 22.278 sancionado durante la última dictadura militar , funcional al sistema tutelar. Cabe recordar que en la actualidad la Corte Suprema de Justicia dela Nación ha avalado y decretado legal la privación de las personas menores de edad por cuestiones de “protección”, eliminando de esta manera el mínimo requerido para perseguir penalmente a una persona menor de edad. (CSJN, “García Méndez, Emilio y Musa, Laura Cristina s/ causa N° 7537, 02/12/2008).

Esperemos que luego de esta sentencia, el Estado Argentino renueve el debate sobre un Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil y sancione una ley que se adecue a los estándares nacionales en Derechos de la Infancia y sistema penal; deuda pendiente que aún no ha sido saldada.

Comunicado de prensa de la CorteIDH y fallo completo en los siguientes links  http://www.corteidh.or.cr/docs/comunicados/cp_11_13_esp.pdf

 

http://www.corteidh.or.cr/index.php/16-juris/22-casos-contenciosos