Celebramos hoy la designación y creación de la Defensoría del Niño que como máximo organismo de control del sistema de protección integral de derechos de la infancia, tendrá un enorme desafío por delante.
En esta gestión fundacional, la Dra. Marisa Graham, y sus adjuntos, tienen la oportunidad de romper la triste tradición argentina en materia de organismos de control, creando una institución autónoma, independiente de los gobiernos y con un alto nivel de rigurosidad técnica para procesar las demandas que en materia de derechos humanos de la infancia y adolescencia, continúan pendientes en Argentina.
Hoy la pobreza alcanza a más de la mitad de las niñas, niños y adolescentes de nuestro país y crece la inseguridad alimentaria en la infancia: según datos del INDEC, el 52,6% de niñas y niños menores de 15 años son pobres y la indigencia subió de 8 a 13,1%.
La gravedad de la crisis económica y social, y su especial impacto en la niñez y en la adolescencia, pone en evidencia la necesidad urgente de contar con una Defensoría que exija y controle en cada jurisdicción, las políticas públicas destinadas a la infancia.
Un logro de la Sociedad Civil, a pesar de la Política.
En el año 2005, el Congreso de la Nación Argentina, sancionó la Ley 26.061 de “Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes”.
A través de esta norma se creó la figura del Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, principal órgano control de Derechos y políticas públicas para la infancia (art. 47, Ley 26.061) que debía ser designado a los 90 días desde la sanción de la Ley (art. 49 ley 26.061).
Desde entonces la Fundación SUR Argentina agotó la vía administrativa solicitado a ambas cámaras que cumplan la Ley que ellos mismos se dictaron.
En el año 2017, a más 12 años de vigencia de la Ley, Argentina no había si quiera creado la Comisión Bicameral necesaria para llevar adelante el proceso de designación. Finalmente y gracias al amparo presentado por la Fundación SUR Argentina, ACIJ, ADC, el Colectivo De Derechos de Infancia, ELA, Poder Ciudadano y el equipo de litigio de la U.P., que terminó con un fallo judicial favorable, se constituyó la comisión bicameral del Defensor del Niño.
Entre las razones planteadas por el tribunal (Jueza Dra. Claudia Vidal, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 3) se señaló que: “…La protección del derecho que se invoca hace a la satisfacción de necesidades básicas y elementales a cargo del Estado. Estos aspectos cobran preeminencia por sobre los intereses individuales de cada afectado, al tiempo que ponen en evidencia, por su trascendencia social y las particulares características del sector involucrado, la presencia de un fuerte interés estatal para su protección, entendido como el de la sociedad en su conjunto”.
El 9 de marzo de 2017 se dictó sentencia resolviendo que: “Consecuentemente, en tanto no se ha acreditado la existencia de una cuestión política no justiciable pues la demora en la realización del procedimiento de designación del Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, impide considerar que hubiese existido el desarrollo natural de los procesos políticos y parlamentarios, configurándose –por el contrario- una omisión legislativa que justifica la procedencia del ejercicio del control judicial, corresponde admitir la acción de amparo, exhortando al Congreso de la Nación al cumplimiento de la obligación de designar al Defensor de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, debiéndose informar en esta causa sobre el cumplimiento del procedimiento legal establecido en la ley 26.061”.
Argentina cuenta con una historia pobre en la constitución de los organismos de control, la ya histórica acefalia en el cargo de Defensor del Pueblo y la vergonzosa alteración del sentido y autonomía de la oficina anticorrupción son un claro ejemplo de esta conducta. Quien ejerce el poder ejecutivo no quiere ser controlado (no hay diferencias partidarias en este campo).Pero la Ley 26.061 es novedosa en el modo de designación, ya que prevé un concurso público de oposición y antecedentes. Desde Fundación SUR Argentina y en el marco de la coalición Infancia en Deuda, se trabajó en una propuesta que fue presentada a la Comisión Bicameral, para que se dicte un reglamento que respete el sentido que la Ley había establecido para la designación y puesta en funcionamiento del Defensor del Niño.
La Comisión Bicameral, integrada por diputadas y senadoras, y presidida en el año 2017 por la Diputada Carla Carrizo decidió por unanimidad rechazar muchas de las observaciones realizadas desde la Sociedad Civil.
Pese a ello, logramos gracias a la presión constante de las organizaciones de la Sociedad Civil, que se realice un examen escrito y anónimo. Al día de la fecha la comisión bicameral aún no ha publicado la totalidad de las notas del concurso, razón por la cual se dictó un fallo Judicial, exigiendo la publicidad de todo el proceso.
Una oportunidad histórica.
No hay margen para que continúe el incumplimiento a los derechos de las personas menores de edad. La Defensoría tiene la enorme tarea de abocarse en forma inmediata a exigir el cumplimiento efectivo de cada una de las políticas públicas que afectan a este colectivo. No alcanza con una Institución que promocione los derechos, sino que es necesario y urgente generar las herramientas técnico jurídicas e institucionales para controlar y exigir a los poderes Ejecutivos y Judiciales a que cumplan la normativa Convencional y Constitucional vigente.
La defensoría del Niñx debe afrontar problemas acuciantes:
Controlar el efectivo cumplimiento de las funciones que la ley ordena a los organismos integrantes del sistema de protección integral de derechos en todo el país. Monitorear y denunciar el acceso desigual de niñxs y adolescentes a sus derechos: a vivir con su familia, a la justicia, a la vivienda, educación, acceso a la salud integral y a los mecanismos que ordena la Ley de Salud Mental, entre otros derechos ya consagrados.
Es mandatorio solicitar la inconstitucionalidad del decreto de la dictadura 22.278 régimen penal de la minoridad, y sancionar una ley democrática de responsabilidad penal juvenil. La defensoría tendrá la obligación de denunciar la ilegal práctica vigente de dictar medidas penales a las personas menores de 16 años declaradas inimputables.
Fundación SUR Argentina, desde nuestro lugar de organización de la sociedad civil, nos comprometemos a continuar en la defensa irrestricta de los derechos de infancia y adolescencia, haciendo llegar a la Defensoría Nacional, todos los casos en que se presenten derechos vulnerados que requieran su pronta reparación.