A ocho años de la sanción de la Ley , la adecuación de las provincias «es muy lenta» y en algunos casos «inexistente», señalaron especialistas de la Fundación Sur que realizaron una exhaustiva investigación sobre el tema.
«Hay atisbos de avances institucionales de los distintos poderes, pero es un proceso muy lento que tiene que ver con los cien años de patronato que tenemos encima», señaló a Télam María Victoria Lucero, la abogada que coordinó la investigación.
La letrada precisó que «en un primer momento vimos que se trató de una ley muy resistida, sobre todo desde los Superiores Tribunales de Justicia provinciales, luego se fueron adaptando, pero todavía hay reticencias, no sólo porque requiere una inversión de dinero, sino por una cuestión ideológica».
La Ley 26.061 fue promulgada el 26 de octubre de 2005 en reemplazo de la Ley de Patronato que entendía al niño como una persona incapaz, que ante la imposibilidad de la familia de contenerlo debía quedar bajo la tutela del Estado, más específicamente de un juez, quien debía decidir sobre su futuro.
Antes, Argentina había adherido e incorporado a la Constitución Nacional la Convención de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, donde ya se ubicaba al «menor» como un sujeto de derecho pleno con voz y voto sobre su futuro, espíritu que se respetó en la ley 26.061 y que representó un cambio de paradigma.
«En términos concretos lo que cambió con esta ley es que la intervención en los casos de menores ya no corresponde más al juez sino al Poder Ejecutivo, que es quien tiene que implementar y aplicar las políticas públicas de infancia en forma responsable y con todas las áreas de Gobierno», describió Lucero.
«Es por ello que desde su promulgación, la ley exigió la creación de una institucionalidad, es decir, de órganos del Estado que se ocupen de la elaboración y ejecución de políticas que permitan el resguardo de todos los derechos de los chicos que la norma prevé como salud, educación, alimentación, vivienda», agregó.
Durante más de seis años un equipo de investigadores coordinados por Lucero analizaron las leyes provinciales en referencia a la temática, los fallos de los juzgados provinciales (desde la primera instancia hasta los Superiores Tribunales provinciales), así como la creación y el funcionamiento de las instituciones del poder ejecutivo que debían dar respuesta.
«En la dimensión normativa del análisis nos encontramos con que luego de que se aprobó la Convención y se le dio rango constitucional comenzaron a sancionarse algunas leyes provinciales pero que mantenían rasgos tutelares; luego hubo otra tanda de provincias que lo hicieron después de la sanción de la ley 26061, en algunos casos también con el discurso mezclado», detalló la abogada.
Lucero dijo que «también hay provincias que sancionaron sus normas acordes a la de protección, pero sus leyes procedimentales están en función del patronato, es decir, se le daba intervención al juez antes que al órgano administrativo. Esto sucedió, por ejemplo, en Corrientes».
La investigadora destacó las normativas de Santa Fe y la Ciudad de Buenos Aires «que son muy avanzadas», y en el sentido opuesto ubicó a La Pampa, «que no sancionó ninguna ley provincial y se sigue manejando bajo el patronato».
«En Jujuy también sucedió algo particular: el mismo día que el Congreso nacional votaba la Ley de 26.061, los legisladores jujeños sancionaban una norma provincial totalmente tutelar. Hoy se encuentran vigente las dos», detalló.
Por otra parte, sólo la Ciudad de Buenos Aires tiene funcionando la figura del «Abogado del Niño», que es un letrado que patrocina a los chicos en las instancias judiciales, a diferencia de un «tutor» que es un profesional que determina qué es lo mejor para el niño o joven.
A pesar de que consideró que «ninguna jurisdicción se encuentra completamente acorde al paradigma de la protección integral», la investigadora se mostró optimista respecto al futuro, al señalar que «aunque lento uno ve algunos signos, pequeñas cosas que van construyendo ese sistema de conformidad con la protección integral».
La investigación se recopiló en el libro «Radiografía crítica de la ley 26.061. Escenarios provinciales normativos, institucionales y jurisprudenciales».
Publicado en Agencia de Noticias Télam