Fundación Sur Argentina quiere expresar su más profundo rechazo y preocupación a los dichos del Gobernador de Rio Negro, Weretilneck el pasado 24 de mayo en la inauguración de la primera comisaría dela Familia.
Ha manifestado que “Un menor no tiene menos responsabilidad que un mayor a la hora de cometer un homicidio” y que “(…) lo que no puede aceptar una sociedad y el Estado, es que un menor asesine a sangre fría y que esto signifique que siga teniendo las mismas libertades y garantías que podía seguir teniendo por ser menor”. Afirmaciones de este tenor, conllevan desconocer principios básicos como ser, el principio de especialidad y el principio de plus de derechos que establece que todos los niños poseen los derechos que corresponden a todos los seres humanos más un plus de derechos especiales derivados de su condición, a los que corresponden deberes específicos de la familia, la sociedad y el Estado. El gobernador rionegrino coloca a los niños en situación de claro menoscabo y desventaja, frente al bloque de derechos reconocidos porla Convención de los Derechos del Niño (CDN).
Asimismo, afirma que “nosotros somos un gobierno que pensamos que siempre tiene que haber readecuación, reinserción, pero ahora también hay que asumir que no hay resocialización que valga por el estado psíquico psiquiátrico de algunos menores”. En este sentido, cabe destacar que la finalidad central del todo sistema penal aplicable a personas menores de edad, es educativa y de reinserción social del niño, niña y/o adolescente infractor de la ley penal. Por ello, cobran vital importancia al momento de determinar la responsabilidad penal las medidas de carácter socio-educativo, que le permitan al niño, niña y/o adolescente vislumbrar la consecuencia que implicó su accionar para la víctima, logrando así la compresión de su responsabilidad respecto del acto delictivo. Sólo a partir esta comprensión se podrá buscar un cambio en su conducta.
Por otro lado afirma que “a veces, no necesariamente hay que apegarse tanto a la ley”, desconociendo un principio básico en cualquier Estado de derecho: el principio de legalidad. El mismo demanda que cualquier sanción y delito debe estar específicamente descripta en nuestro código Penal; como así también prohíbe terminantemente que los jueces sancionen o se aparten de dichas normas. La intervención punitiva del Estado frente a los niños y jóvenes debe ser penalmente típica y respetar el principio de máxima taxatividad penal; pues un proceso de esta índole, absolutamente responsabilizador, debe ser claro y transparente para el niño que lo atraviesa.
Se observa en los dichos del gobernador Weretilneck la falaz creencia de que las transformaciones legales de tinte represivo y persecutorio, podrán impactar en la realidad, modificarla y reducir tanto la violencia como la delincuencia juvenil.
Nuevamente se deja plasmado como se invisibiliza la problemática de los excluidos socialmente, de los sectores marginados y pobres, de todos de aquellos que no ven satisfechas sus necesidades básicas; recurriendo a la estigmatización y discriminación de las persona por su “peligrosidad”; y deja al descubierto el discurso de la utilización de menores garantías para usar la privación de la libertad como sustituto de las políticas públicas.
Es clara la deuda pendiente que tiene Argentina con la niñez en materia penal, exponiendo la necesidad imperante de una justicia penal juvenil que garantice los derechos y garantías básicos que asiste a todo niño, como ser, el debido proceso, el derecho a una justicia penal especializada, principio de inocencia.
La realidad vigente muestra que la solución no se encuentra en las leyes penales en general; sino en la creación de un sistema integral de justicia infantil. Para ello se requiere: programas y leyes de políticas públicas con un real abordaje del ejercicio de los derechos sociales, que permita a las personas menores de edad el efectivo goce de sus más elementales derechos ; y un “Régimen de responsabilidad penal juvenil” a partir del cual se establezca la existencia del injusto penal y se atribuya las responsabilidades del niño, niña y/o adolescente infractor conforme su condición de persona en crecimiento, respetando la totalidad de los derechos y garantías que tienen los adultos más el plus que les corresponde por ser personas en desarrollo.
Link con las declaraciones del gobernador de Río Negro:
Weretilneck: “No necesariamente hay que apegarse tanto a la ley”