Quieren modificar el régimen de responsabilidad penal juvenil

La iniciativa presentada por el diputado por CABA Manuel Garrido propone crear un régimen de responsabilidad penal para jóvenes de entre 14 y 18 años.En el año 2009, el Senado de la Nación aprobó un proyecto que otorgaba a los menores de 18 años que se encontraban sometidos a un proceso penal, las mismas garantías sustantivas y procesales que a la población mayor de edad. Pero ese proyecto nunca consiguió la aprobación en la Cámara baja y después de unos años perdió estado parlamentario; razón por la cual el diputado nacional Manuel Garrido vuelve a reflotar el debate.

“En la actualidad muchos menores de 16 años de edad se encuentran privados de su libertad sin que haya mediado proceso penal previo con las garantías consagradas por la Constitución Nacional, y sin respetar los estándares que surgen de los tratados internacionales a los que la República Argentina está sujeta, en especial la Convención Internacional de los Derechos del Niño”, argumenta el diputado por la UCR.

El proyecto indica que sólo podrá ser penalmente responsable la persona de 14 o 15 años de edad que cometa un delito doloso con pena mínima de tres años o más de prisión o reclusión, y en los casos de los artículos 164 y 189 bis (2), y la persona de 16 o 17 años de edad que cometa un delito con pena mínima de dos años o más de prisión o reclusión, y en los casos de los artículos 164 y 189 bis (2).

También se establece que el proceso penal será rápido y sin dilaciones, no debiendo exceder el término de un año o de cuatro meses en los casos de flagrancia (art. 13); que la privación de libertad opera como excepción; que durante el proceso el juez mantendrá a la persona menor de 18 años dentro de su grupo familiar (arts. 14,18 y 21); se incorpora el criterio de oportunidad reglado (art. 22); se establece la mediación penal (art. 29) y la posibilidad de conciliación (art. 30) y se incorpora la posibilidad de suspensión del proceso (art.34).

Las sanciones que se aplican van desde las disculpas personales ante la víctima, hasta la restrictiva y excepcional privación de libertad en centro especializado. De esta manera se establecen penas acordes a los delitos de que se trate y que atienden a la compleja y difícil trama social que, en la inmensa mayoría de los casos, existe detrás de la comisión de delitos por menores de edad.

Por último, la iniciativa de Garrido plantea que las penas privativas de libertad se cumplirán en centros especializados y que su tiempo varía según la edad del menor. En el caso de menores de 14 y 15 años la pena privativa de libertad no podrá ser mayor a tres años, y cuando se trate de menores de 16 y 17 años el tope es de cinco años.

Publicado en Diario Parlamentario el día 11/07/2013

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