Qué dice y qué calla la reforma del Código Penal. Emilio García Méndez

Su texto ha levantado una fuerte polémica en el país. Pero no me parece que se trate de una polémica inútil o que intentar continuarla sea tiempo perdido.

Cualquiera sea el estatus formal del proyecto de código penal que ha circulado en estos días, no cabe duda que su texto ha levantado una fuerte polémica en el país. No me parece que se trate de una polémica inútil y mucho menos que intentar continuarla sea tiempo perdido.

Dejo de lado, en todo caso, los argumentos groseramente oportunistas de aquellos, que ahora y antes (para agradar a Blumberg), considerando a la política una forma de espectáculo se especializan en cambiarle a la gente la sensación de seguridad por votos. Las coyunturas electorales pasan, ellos se quedan con los votos y la gente con una sensación amarga en la boca.

En este caso, pareciera que los mismos (los oportunistas) se encuentran “democráticamente” distribuidos en absolutamente todo el arco político. Creo también, en honor a la verdad, que dicho proyecto, constituye un documento serio meditado y consistente con el cual uno puede al mismo tiempo mantener posiciones discrepantes, como de hecho ha sucedido con algunos muy respetables miembros de la comisión de redacción.

Me interesa aquí mucho mas ubicar dicho proyecto en el contexto de las reformas legales que en el campo de lo penal, la sociedad argentina se debe hace décadas. En otras palabras, tratar de entender porque la más urgente de las reformas, me refiero a la derogación del decreto de la dictadura 22.278 de 1980 que establece el “Régimen Penal de la Minoridad”, resultó deliberadamente excluido del proyecto por el presidente de dicha comisión al comienzo de los trabajos. Se trataría en todo caso de remover un escombro autoritario reiteradamente solicitado tanto por el Comité de los Derechos del Niño de Naciones Unidas, cuanto por lo menos dos de las cuatro condenas que en materia de infancia ha proferido la Corte Interamericana de Derechos Humanos contra el Estado Argentino entre el 2003 y el 2013.

Es con base en este decreto, que la Argentina ostenta el triste record regional de condenas por violación a los derechos humanos de la infancia, así como la imposición, inédita en la historia de América Latina, de sentencias de reclusión perpetuas a menores de edad.

Este decreto dictatorial que lleva la oprobiosa firma de Jorge Rafael Videla no solo es repugnante a lo mas elemental de Estado Democrático de Derecho, sino que además es una fuente elemental de distorsión de las políticas sociales para la infancia. Entre otras “lindezas”, permite el uso de la privación de libertad como “forma reforzada de política social para los adolescentes pobres de nuestras periferias urbanas.

Si como dicen hacer política es establecer prioridades reales, ¿me pregunto cuál es aquella que relega la derogación de uno de los mas vergonzosos decretos de la dictadura?

El locuaz presidente de la comisión, tiene la palabra.

Para ver el artículo publicado el día 22 de marzo de 2014 en Diario mdz online:

http://www.mdzol.com/opinion/523153-que-dice-y-que-calla-la-reforma-del-codigo-penal/#opinar